Con la intervención del encargado de la delegación Tucumán de UCU obtuvimos una sentencia por la cual se condenó a la entidad bancaria demandada a restituir al consumidor actor la suma u$s11.999 que retuvo indebidamente por Ingresos Brutos en una transferencia en dólares realizadas por el consumidor entre dos cuentas que le pertenecían a él. La sentencia estableció que la restitución podrá hacerse en pesos pero calculados de acuerdo al valor del dolar MEP o Bolsa cotización del día anterior al pago. Además, la sentencia condenó al banco a pagar $1.049.999 en concepto de daño moral y daño punitivo.

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